Abogada de herencias en Cartagena

¿Has perdido a un familiar y la herencia tiene algo que no te encaja? Diferentes situaciones con distintas soluciones que propongo.

Soy Violeta del Rey Mazón, abogada en LEXRED, colegiada nº 976 en Cartagena.

Información revisada a fecha de 8 de octubre de 2026.

Carpeta abierta con papeles, gafas y una taza sobre una mesa de madera iluminada por el sol.
Pluma estilográfica sobre un documento, junto a un sello y una almohadilla de tinta.

Hay testamento y estáis de acuerdo

Todos aceptáis lo que dice el testamento. Aquí normalmente basta con el notario, que prepara la escritura de reparto.

Cómo lo resuelvo

  1. Reviso el testamento y compruebo en las últimas voluntades que es el último.
  2. Hago el inventario de bienes, deudas y avales.
  3. Preparo la escritura con el notario y reviso el texto antes de que nadie firme.

Si alguien cambia de opinión, el caso pasa a ser «No os ponéis de acuerdo», más abajo.

Fotografías familiares desenfocadas sobre un aparador de madera, junto a una lámpara y un jarrón.

No hay testamento

Sin testamento, la ley fija quién hereda. Hace falta una declaración de herederos.

Cómo lo resuelvo

  1. Pido y reviso el certificado de últimas voluntades, para confirmar que no hay testamento.
  2. Preparo con el notario la declaración de herederos y compruebo que no falta nadie.
  3. Hago el inventario y te entrego una propuesta de reparto.
Llaves con una etiqueta en blanco sobre una mesa junto a una ventana.

No os ponéis de acuerdo, o uno vive en la casa

Un heredero quiere quedarse en la casa y otro vender. Se estudian las opciones de reparto.

Cómo lo resuelvo

  1. Hago el inventario y valoro lo que hay.
  2. Te presento por escrito una propuesta con las alternativas que permite la ley.
  3. Negocio con los demás herederos o con sus abogados.
  4. Si no hay acuerdo, preparo la demanda y llevo el procedimiento.
Hojas grapadas con unas gafas y un bolígrafo sobre una mesa de madera.

El testamento te deja menos de lo que crees

La ley reserva una parte de la herencia a los herederos forzosos, como los hijos.

Cómo lo resuelvo

  1. Leo el testamento entero y hago el inventario de bienes y deudas para calcular qué te corresponde.
  2. Estudio si respeta tu legítima.
  3. Si no la respeta, te propongo pedir el complemento, primero negociando y, si no hay acuerdo, en juicio.

Antes de firmar nada, escríbeme.

Carpetas y recibos sujetos con pinzas junto a una calculadora y un lápiz.

Había deudas

Al heredar también recibes las deudas. La ley permite aceptar a beneficio de inventario: solo respondes hasta donde alcancen los bienes de la herencia.

Cómo lo resuelvo

  1. Hago el inventario antes de que decidas: bienes, deudas, préstamos y avales.
  2. Te explico por escrito las opciones: aceptar, aceptar a beneficio de inventario o renunciar.
  3. Si eliges el beneficio de inventario, preparo la declaración ante notario.

Hasta que decidas, no dispongas de nada de la herencia.

Mesa de reuniones con carpetas cerradas y una silla separada en primer plano.

Un heredero no firma o no aparece

El reparto por acuerdo necesita la firma de todos. Si uno no firma o no se le localiza, existen otras vías.

Cómo lo resuelvo

  1. Reviso quiénes son los herederos y qué parte tiene cada uno.
  2. Preparo una propuesta por escrito e intento localizar al heredero que falta.
  3. Estudio si cabe la vía notarial o si hay que ir a juicio.
  4. Si hay juicio, dejo constancia del intento de acuerdo previo.

Anota cuándo fue la última vez que alguien habló con él o ella.

El impuesto de sucesiones en la Región de Murcia

Además del reparto, la herencia tributa por el impuesto de sucesiones.

Qué norma se aplica

Para herederos que viven en España, se aplica la norma de la comunidad donde el fallecido tenía su residencia habitual, es decir, donde vivía de forma estable.

Bonificación en la cuota

El texto refundido de tributos cedidos de la Región de Murcia la prevé como una deducción autonómica del 99 % para determinados herederos.

Plazo

El impuesto se presenta en seis meses desde el fallecimiento. Puedes pedir una prórroga, es decir, más tiempo, por otros seis meses, dentro de los cinco primeros meses.

En la primera consulta te indico cuándo vence el plazo en tu caso.

Ten a mano estas seis respuestas

Respóndelas sin prisa. Vale un «no lo sé».

  • ¿Sabes si había testamento?
  • ¿Se ha pedido el certificado de últimas voluntades?
  • ¿Tenía deudas, préstamos o avales?
  • ¿Alguien vive en la vivienda?
  • ¿Alguien ha firmado ya algo?
  • ¿En qué fecha falleció?

Cada «no lo sé» es lo primero que averiguo. Reúne el certificado de defunción, el testamento si lo hay, las escrituras, los recibos del IBI y los extractos bancarios del fallecido, y haz fotos de todo con el móvil.

Dime en qué problema te reconoces

Con lo que sepas hoy te digo cuál es el siguiente paso. Si prefieres escribir con calma, cuéntame tu caso por escrito.